En un nuevo episodio que evidencia las prácticas clientelistas y la falta de transparencia en la administración pública, el exedil nacionalista Fabricio Sempert renunció a su banca en la Junta Departamental de Tacuarembó el 7 de marzo de 2024 y, apenas 15 días después, fue designado directamente como funcionario en la Intendencia de Tacuarembó. Teniendo actualmente la categoría de Sub Capataz Gral. con un contrato permanente en la función pública.
Este nombramiento, realizado sin concurso público ni proceso transparente, se suma a una larga lista de designaciones directas que han caracterizado la gestión del Partido Nacional en el departamento. Según informes anteriores, hasta un 98% de los ingresos de personal en la Intendencia de Tacuarembó se han realizado por designación directa, lo que ha sido objeto de denuncias por parte de la oposición y de organismos de control.
El contexto nacional: resistencia a la transparencia
Mientras tanto, en el Parlamento uruguayo se discute un proyecto de ley que busca regular el ingreso de funcionarios a las intendencias mediante concursos públicos y abiertos, con el objetivo de promover la transparencia y combatir el clientelismo político. La iniciativa cuenta con el respaldo del Frente Amplio, el Partido Colorado y Cabildo Abierto, pero ha enfrentado la oposición del Partido Nacional, que argumenta que la ley vulnera la autonomía de los gobiernos departamentales consagrada en la Constitución.
Esta resistencia del Partido Nacional a establecer mecanismos transparentes de ingreso a la función pública evidencia una clara intención de mantener el statu quo, donde los cargos se reparten entre amigos y correligionarios, perpetuando una lógica de premios políticos y favores personales.
La urgencia de un cambio estructural
El caso de Sempert no es un hecho aislado, sino parte de una práctica sistemática que socava la confianza ciudadana en las instituciones y perpetúa la desigualdad de oportunidades. Es imperativo que se implementen mecanismos transparentes y equitativos de ingreso a la función pública, basados en el mérito y la capacidad, y no en la cercanía política o la lealtad partidaria.
Desde La Verdad Es Revolución, denunciamos estas prácticas y exigimos un cambio estructural que ponga fin al clientelismo y promueva una administración pública al servicio de toda la ciudadanía, no de unos pocos privilegiados.
Columna publicada en el Semanario La Otra Voz, el 8 de mayo de 2018.
Hace algunas semanas en la Junta Departamental de Tacuarembó se dio lectura por parte de una edil oficialista, a un informe realizado por el Directorio de la Junta de Transparencia y Ética Pública (JUTEP), sobre una consulta realizada por el propio Intendente Dr. Eber Da Rosa, sobre la situación laboral de su esposa, quien desempeña funciones en la Intendencia Departamental de Tacuarembó. Esta lectura pretendió ser, por parte del oficialismo, una defensa a lo actuado por el jerarca, tratando de hacernos percibir que lo legal era equivalente de ética y transparencia. ¿Será realmente de esta forma?
Lo legal.
Ese informe, según se dio lectura en el recinto, indicaba que:
“Con respecto a la situación de la Dra. De León Manzor corresponde señalar: por tratarse de su esposa se encuentra comprendida entre los lazos familiares previstos en Inciso 1º., Artículo 35 del Decreto 30/003 pero en función de la información recibida entendemos que no se verifican las otras dos condiciones establecidas en dicha norma; no se trata de la misma repartición; y no hay una dependencia jerárquica directa del Intendente. En consecuencia, este Directorio entiende que no existen motivos para cuestionar el mantenimiento del vínculo laboral de la Dra. María del Rosario de León Manzor en las condiciones por Ud., detalladas”.
La Moral, la ética y la transparencia.
Al final del informe la JUTEP realiza algunas consideraciones adicionales en donde señala: “además del respeto a la normativa, estas situaciones deben analizarse a la luz de un imperativo ético que deriva de nuestra calidad de servidores públicos y del reconocimiento de la sensibilidad existente en la ciudadanía en materia de transparencia y de uso adecuado de los recursos de Estado. Por eso es la importancia que asignamos al Inciso 2º, del Artículo 11º del Decreto 30/003: El funcionario público también debe evitar cualquier acción en el ejercicio de la función pública que exteriorice la apariencia de violar las normas de conducta en la función pública. Es por esta razón que aún, cuando no existan impedimentos formales en cada caso concreto corresponde a nuestro entender un análisis que permita dilucidar si existe alguna situación que, sin estar expresamente prohibida, escapa de lo conveniente y no contribuye al fortalecimiento de la confianza pública. En este contexto y consideramos conveniente que en el futuro Ud., se atenga de participar en aquellas decisiones relacionadas específicamente”.
Este es el punto del mencionado informe que nos parece importante analizar. La JUTEP recomienda que además de cumplir con la normativa vigente, realice un análisis desde el punto de vista de la ética. Concibiendo que la ética nos hace comprender que las personas no actúan sin motivo, sino porque tienen razones que las obligan a actuar de acuerdo a su conciencia. Gracias a estas razones, establecen una serie de normas que rigen su conducta y determinan lo “bueno” o “malo”.
A mi entender para realizar un análisis más global, además de la ética, habría que agregarle también el estudio de la moral. Entendiendo a la misma como el conjunto concreto de normas que puede cambiar de una sociedad a otra y de unas personas a otras; en la ética uno es juez y parte de su conducta, es responsable de lo que hace conforme a su conciencia; la moral en cambio, se refiere a normas impuestas por una sociedad, por lo que va cambiando de acuerdo a la época. Por ejemplo, matar está penado legal, moral y éticamente en la mayoría de los países; sin embargo, en algunas se practica la pena de muerte. En este caso es legal, pero ¿está bien o mal? La ética sabe que matar está mal legal o ilegalmente.
Viniendo al caso concreto de la situación laboral de la señora del Intendente. Legalmente no viola ninguna norma. Desde el punto de vista de la ética, qué este bien o mal, depende de cada uno y sus valores.
El oficialismo pretendió hacernos notar que era legal y que esto era equivalente a ética y transparencia. Por esto nos preguntamos: ¿Cómo se da la incorporación de esta funcionaria y de la mayoría de la plantilla a la comuna? ¿Los ingresos a la Intendencia son verdaderamente transparentes o se realizan a “dedo”, mayoritariamente a correligionarios, familiares (cercanos o lejanos), hijos de antiguos jerarcas, etc.? ¿No deberían ser por concurso asegurando transparencia, que ingresen los más capaces y que todos los ciudadanos tengan las mismas oportunidades?
Para concluir entendemos que la legalidad no necesariamente es equivalente a ética y transparencia, como se quiere hacer creer en este caso por el Partido Nacional. Lo dejo bien claro el informe de la JUTEP en sus recomendaciones hacia el Sr. Intendente Dr. Eber Da Rosa.