{"id":110,"date":"2017-11-27T01:25:41","date_gmt":"2017-11-27T01:25:41","guid":{"rendered":"https:\/\/laverdadesrevolucion.uy\/blog\/?p=110"},"modified":"2018-02-21T02:04:56","modified_gmt":"2018-02-21T02:04:56","slug":"lo-que-el-partido-nacional-no-dice-sobre-el-fondo-de-desarrollo-del-interior","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/laverdadesrevolucion.uy\/blog\/lo-que-el-partido-nacional-no-dice-sobre-el-fondo-de-desarrollo-del-interior\/","title":{"rendered":"Lo que el Partido Nacional no dice sobre el Fondo de Desarrollo del Interior."},"content":{"rendered":"<p>El discurso que permanentemente escuchamos de ediles, directores de la Intendencia y operadores medi\u00e1ticos del Partido Nacional, es que los recursos provenientes del Fondo de Desarrollo del Interior (F.D.I), por el cual se financiaron muchas obras para nuestro departamento, son por mandato constitucional y no por voluntad del Gobierno Nacional.<br \/>\nVeamos entonces que dice la constituci\u00f3n de la Republica. El art\u00edculo 298 inciso 2  dice:\u201d Destinar al desarrollo del interior del pa\u00eds y a la ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas de descentralizaci\u00f3n, una al\u00edcuota de los tributos nacionales recaudados fuera del departamento de Montevideo. Con su producido se formar\u00e1 un fondo presupuestal, afectado al financiamiento de los programas y planes a que refiere el inciso quinto del art\u00edculo 230. Dicha al\u00edcuota deber\u00e1 ser presupuesta preceptivamente en el Presupuesto Nacional\u201d.<br \/>\nComo se puede ver efectivamente son recursos generados de tributos en el interior y que luego vuelven a estos departamentos a trav\u00e9s del F.D.I, lo que omiten decir es que el porcentaje que vuelve a los Gobiernos departamentales es definido por la ley de presupuesto, o sea por el Gobierno Nacional.<br \/>\nComo describimos la reforma constitucional de 1997 modifico el art\u00edculo 298, estableciendo que la ley, a iniciativa del Poder Ejecutivo podr\u00eda destinar al desarrollo del interior del pa\u00eds y a la ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas de descentralizaci\u00f3n, una al\u00edcuota de los tributos nacionales recaudados fuera de Montevideo. El fondo presupuestal conocido como F.D.I; debe afectarse al financiamiento de los programas formulados por el Poder Ejecutivo con la asistencia de la O.P.P.<br \/>\nLa Ley de Presupuesto Nacional 2010-2014 incremento la partida prevista en el numeral 2 del art\u00edculo 298 de la Constituci\u00f3n de la Republica, que asigna recursos a los Gobiernos Departamentales. La ejecuci\u00f3n de esta partida pas\u00f3 de 950 millones de pesos en 2010 expresada en valores de 2016, a 1.275 millones en este \u00faltimo a\u00f1o.<br \/>\nLa parte que le corresponde a cada departamento del F.D.I se decidi\u00f3 en base a un \u00edndice que considera poblaci\u00f3n, superficie, PIB per c\u00e1pita y necesidades b\u00e1sicas insatisfechas. Tacuaremb\u00f3 recibi\u00f3 en 2016 94:724.842 (7.66%) siendo el segundo departamento en recibir el mayor monto de dinero.<br \/>\nUn estudio elaborado para Uruguay Integra de la OPP muestra que Treinta y Tres, Artigas, Salto, Rivera, Cerro Largo y Tacuaremb\u00f3, son los departamentos que presentan, en general, el peor posicionamiento en diversos indicadores: dimensiones de infraestructura, actividad econ\u00f3mica, salud, educaci\u00f3n, empleo, ingresos y pobreza.<br \/>\nDurante esta d\u00e9cada  en un contexto de crecimiento econ\u00f3mico, de re distribuci\u00f3n de la riqueza, de pol\u00edticas de inclusi\u00f3n y de ampliaci\u00f3n de derechos, Tacuaremb\u00f3 junto con Rivera y Cerro Largo, integra una regi\u00f3n que hist\u00f3ricamente ha mantenido niveles de pobreza e indigencia superiores a los de la media nacional.<br \/>\nDebajo de la l\u00ednea de pobreza en Tacuaremb\u00f3 es de 13,2%, encima de la estimaci\u00f3n a nivel nacional (8 %).<br \/>\nUn 42% de los hogares de Tacuaremb\u00f3, tienen necesidades b\u00e1sicas insatisfechas, el ingreso por persona Tacuaremb\u00f3 ocupa sistem\u00e1ticamente los peores puestos, entre el 15\u00ba y el 17\u00ba del ranking.<br \/>\nDebido a esto es que Tacuaremb\u00f3 es el segundo departamento en recibir mayores porcentajes de dinero del F.D.I y no precisamente por las buenas gestiones del Partido Nacional al frente de la Intendencia como nos quieren hacer creer.<br \/>\nAdem\u00e1s de esto, el total de transferencias recibidas durante 2016 por los Gobiernos Departamentales sumando las diferentes partidas fue de 15.547 millones de pesos, frente a 12.180 millones en 2009 y 6.916 millones en 2004 (todo a valores de 2016).<br \/>\nEn resumen los referentes del Partido Nacional omiten decir que el porcentaje de recursos que se le asignan al F.D.I es definido por el Poder Ejecutivo a trav\u00e9s de la Ley de Presupuesto, o sea que los recursos son definidos por voluntad pol\u00edtica del Gobierno Nacional, y que adem\u00e1s Tacuaremb\u00f3 es el segundo departamento en recibir los mayores montos de este fondo debido a que se encuentra sistem\u00e1ticamente con los peores indicadores socio econ\u00f3micos del Uruguay.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El discurso que permanentemente escuchamos de ediles, directores de la Intendencia y operadores medi\u00e1ticos del Partido Nacional, es que los recursos provenientes del Fondo de Desarrollo del Interior (F.D.I), por el cual se financiaron muchas obras para nuestro departamento, son por mandato constitucional y no por voluntad del Gobierno Nacional. 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