{"id":70,"date":"2017-12-19T19:03:29","date_gmt":"2017-12-19T19:03:29","guid":{"rendered":"https:\/\/laverdadesrevolucion.uy\/blog\/?p=70"},"modified":"2018-02-21T01:18:46","modified_gmt":"2018-02-21T01:18:46","slug":"rendicion-de-cuentas-y-balance-de-ejecucion-presupuestal-de-la-junta-departamental-de-tacuarembo-correspondiente-al-ejercicio-2016","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/laverdadesrevolucion.uy\/blog\/rendicion-de-cuentas-y-balance-de-ejecucion-presupuestal-de-la-junta-departamental-de-tacuarembo-correspondiente-al-ejercicio-2016\/","title":{"rendered":"Rendici\u00f3n de Cuentas y Balance de Ejecuci\u00f3n Presupuestal de la Junta Departamental de Tacuaremb\u00f3 correspondiente al Ejercicio 2016."},"content":{"rendered":"<p>El jueves de la semana pasada fue la \u00faltima sesi\u00f3n ordinaria de la Junta Departamental de Tacuaremb\u00f3. Entre otros temas del orden del d\u00eda estaba en discusi\u00f3n la Rendici\u00f3n de Cuentas 2016 de la propia Junta Departamental. Desde la comisi\u00f3n de Finanzas y Presupuestos llega al plenario con dos informes o anteproyectos de resoluci\u00f3n. Un anteproyecto en mayor\u00eda (5 votos), que b\u00e1sicamente aprueba la rendici\u00f3n y otro en minor\u00eda (3 votos) que desaprueba la rendici\u00f3n de cuentas. No es com\u00fan en la Junta Departamental de Tacuaremb\u00f3 que los expedientes tratados en las respectivas comisiones asesoras, vengan con un informe en mayor\u00eda y otro en minor\u00eda. Este a\u00f1o fueron dos expedientes con esa caracter\u00edstica y casualmente fueron las rendiciones de cuentas de la Junta Departamental de Tacuaremb\u00f3 del 2015 y 2016. En su mayor\u00eda, las resoluciones y decretos son votados por unanimidad en el plenario. En este a\u00f1o fueron m\u00e1s de 130 votaciones.<br \/>\nEn una discusi\u00f3n normal de un proyecto, dentro del plenario, el miembro informante de la comisi\u00f3n hace uso de la palabra y pone en contexto el expediente. Luego pueden hacer uso de la palabra los miembros de la comisi\u00f3n que est\u00e1n en desacuerdo y luego cualquier edil que lo solicite. En esta ocasi\u00f3n, cuando el presidente pone a discusi\u00f3n el tema y nadie pide la palabra, los ediles del Frente Amplio solicitan la palabra para evitar el pasaje a la votaci\u00f3n y que se termine el debate. Se exponen las razones para votar el informe llegado en minor\u00eda. Las cuales m\u00e1s adelante en la nota se desarrollan. Luego de hablar tres ediles del FA, pide la palabra un edil del Partido Nacional, el cual se dedica a descalificar al Frente Amplio y no se centra en la discusi\u00f3n. Inmediatamente, otro edil nacionalista, casualmente el miembro informante (el que tendr\u00eda que haber iniciado el debate), utiliza un recurso establecido en el art\u00edculo 42 del Reglamento de la Junta Departamental de Tacuaremb\u00f3. El cual establece que: <em>\u201cen cualquier momento del debate, siempre que hayan hablado dos oradores, uno en pro y otro en contra\u201d<\/em> a solicitud de cualquier edil, el Presidente someter\u00e1 a votaci\u00f3n si se da el punto por suficientemente discutido. En ese momento se da por suficientemente discutido el tema y corresponde agotar la lista de oradores, en la que ten\u00eda dos ediles del FA. Pero all\u00ed no termina el tratamiento del tema porque el edil informante pide la palabra y el reglamento lo asiste en el art\u00edculo 45. Puede hablar en primer lugar y en \u00faltimo t\u00e9rmino. Como parte de una estrategia del Partido Nacional, el edil informante reci\u00e9n a esta altura esboza algunos argumentos a favor del informe en mayor\u00eda, evitando el debate porque reglamentariamente no se puede pedir la palabra. Pasando a la votaci\u00f3n que aprob\u00f3 el informe en mayor\u00eda con 20 votos afirmativos. Incluidos los votos del Partido Colorado que no participa de la Comisi\u00f3n de Finanzas y Presupuestos. Con el uso de otro recurso previsto en el reglamento, luego de la votaci\u00f3n, un edil m\u00e1s del Partido Nacional pide fundamentar su voto. Donde no se puede hacer aclaraciones o rectificaciones a lo expresado por los oradores por el art\u00edculo 67 del reglamento, cosa que no se cumpli\u00f3 y se hicieron consideraciones que merec\u00edan un debate.<\/p>\n<p><strong>Resoluci\u00f3n adoptada por el Tribunal de Cuentas.<\/strong><br \/>\nEl Tribunal de Cuentas de la Rep\u00fablica es una entidad fiscalizadora superior, sus competencias est\u00e1n establecidas desde el art\u00edculo 208 al 232 de la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica. Tiene autonom\u00eda t\u00e9cnica, org\u00e1nica y funcional. Ejerce el contralor de la Hacienda P\u00fablica en cumplimiento de la Constituci\u00f3n y las Leyes de la Rep\u00fablica. En este caso concreto el Tribunal por intermedio de su Divisi\u00f3n de Auditor\u00eda tiene como cometido la elaboraci\u00f3n de un dictamen sobre la rendici\u00f3n de cuentas y el Cuerpo de Ministros emite una Resoluci\u00f3n.<br \/>\nEn el dictamen, el TCR pronuncia una opini\u00f3n sobre el cumplimiento de las disposiciones legales que fueron objeto de examen. El TCR considera que <em>\u201cno se ha dado cumplimiento a las siguientes normas:\u201d<\/em>, aqu\u00ed comienza a detallar cada una de las normas incumplidas y una breve descripci\u00f3n del incumplimiento. Hemos constatado que hay normas que se vienen incumpliendo sistem\u00e1ticamente en por lo menos los \u00faltimos 5 a\u00f1os. En el cuadro adjunto se pueden apreciar.<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/laverdadesrevolucion.uy\/blog\/?attachment_id=74\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter wp-image-74 size-large\" title=\"Normas que no se cumplen en la opini\u00f3n del TCR\" src=\"https:\/\/laverdadesrevolucion.uy\/blog\/wp-content\/uploads\/2018\/02\/TCR-Cuadro-de-normas-incumplidas-1024x852.png\" alt=\"\" width=\"1024\" height=\"852\" srcset=\"https:\/\/laverdadesrevolucion.uy\/blog\/wp-content\/uploads\/2018\/02\/TCR-Cuadro-de-normas-incumplidas-1024x852.png 1024w, https:\/\/laverdadesrevolucion.uy\/blog\/wp-content\/uploads\/2018\/02\/TCR-Cuadro-de-normas-incumplidas-300x250.png 300w, https:\/\/laverdadesrevolucion.uy\/blog\/wp-content\/uploads\/2018\/02\/TCR-Cuadro-de-normas-incumplidas-768x639.png 768w, https:\/\/laverdadesrevolucion.uy\/blog\/wp-content\/uploads\/2018\/02\/TCR-Cuadro-de-normas-incumplidas-1600x1331.png 1600w, https:\/\/laverdadesrevolucion.uy\/blog\/wp-content\/uploads\/2018\/02\/TCR-Cuadro-de-normas-incumplidas-780x649.png 780w, https:\/\/laverdadesrevolucion.uy\/blog\/wp-content\/uploads\/2018\/02\/TCR-Cuadro-de-normas-incumplidas.png 1611w\" sizes=\"auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><\/a><\/p>\n<p><strong>An\u00e1lisis de la opini\u00f3n del Tribunal de Cuentas.<\/strong><br \/>\nLa mesa de la Junta departamental, m\u00e1s concretamente el Presidente de turno y el Secretario General, vienen diciendo en la comisi\u00f3n de Finanzas y Presupuestos que se est\u00e1 en procura de solucionar los incumplimientos. Situaci\u00f3n que como vemos en el cuadro, no es real. Tambi\u00e9n en las resoluciones votadas en el plenario hay un \u201cconsiderando\u201d que se ven\u00eda repitiendo y dice: <em>\u201cque la mayor\u00eda de las observaciones que realiza el Tribunal de Cuentas de la Rep\u00fablica, refieren a aspectos formales, algunos ya subsanados por la Mesa.\u201d<\/em> En su mayor\u00eda no son aspectos de forma, son incumplimientos a normas legales y no se han subsanado. En esta ocasi\u00f3n la resoluci\u00f3n aprobada por el plenario, el considerando referido a este tema qued\u00f3 redactado de la siguiente forma: <em>\u201cque si bien el Tribunal de Cuentas viene reiterando en a\u00f1os anteriores las diferentes observaciones, el Legislativo va camino a cumplir con las normativas referidas.<\/em>\u201d N\u00f3tese que dice <em>\u201cLegislativo\u201d<\/em> y se deja de lado la Mesa. Fue el Frente Amplio el \u00fanico que present\u00f3 una propuesta legislativa para dar cumplimiento a las normas.<br \/>\nDentro de los incumplimientos hay dos nuevas observaciones del TCR que no son nuevas porque son pr\u00e1cticas habituales de los sucesivos Presidentes. El incumplimiento del Art\u00edculo 33 del TOCAF donde se establecen montos m\u00e1ximos para determinados tipos de compras o contrataciones y se pide que se ajusten a los principios generales de la contrataci\u00f3n administrativa. Adem\u00e1s, cita el incumplimiento del art\u00edculo 19 de la Ley 9515. Art\u00edculo donde se enumeran las competencias de la Junta Departamental. En el informe, muy sutilmente, dice que no se pueden hacer <em>\u201ccolaboraciones\u201d<\/em> por medio de contrataci\u00f3n de amplificaciones y de vales de combustible a veh\u00edculos con chapas particulares. En el a\u00f1o 2016 la junta gast\u00f3 en <em>\u201carrendamientos de equipos y aparatos de audio y comunicaci\u00f3n\u201d<\/em>; $ 1.360.000,00. Si consideramos que la Junta tiene un receso de dos meses. Gasta en diez meses unos $ 4.500,00 por d\u00eda.<br \/>\nOtra parte del dictamen del TCR, es el <em>\u201cInforme a la Administraci\u00f3n\u201d<\/em>. Como consecuencia del examen practicado se incluyen constataciones, debilidades y recomendaciones. Donde se repiten por ejemplo las recomendaciones del ejercicio anterior no cumplidas.<br \/>\nPero hay un aspecto a destacar. En el <em>\u201cInforme a la Administraci\u00f3n\u201d<\/em> se hace un an\u00e1lisis de situaci\u00f3n en materia de fondos de la Junta Departamental con relaci\u00f3n a la Intendencia al 31 de diciembre del 2016. Se analiza la disponibilidad de dinero y se le descuenta las obligaciones presupuestales impagas y los indisponibles. Este resultado es negativo en $ 91.458,00. Esto quiere decir que la Junta tiene un d\u00e9ficit en materia de fondos. Gast\u00f3 m\u00e1s de lo que ten\u00eda disponible, contraviniendo los art\u00edculos 15 y 102 del TOCAF. El contador delegado debi\u00f3 observar los gastos que no cumplan con la norma mencionada.<br \/>\nAnalizando Rendiciones anteriores el resultado del a\u00f1o 2016 es notoriamente el d\u00e9ficit m\u00e1s bajo de los \u00faltimos a\u00f1os. Se podr\u00eda razonar que se va mejorando la gesti\u00f3n de los fondos p\u00fablicos. En el 2015 el d\u00e9ficit fue de $1.608.867; en el 2014 el d\u00e9ficit fue de $ 4.166.958; en el 2013 el d\u00e9ficit fue de $ 4.864.507; y en el 2012 el d\u00e9ficit fue de $ 1.760.380. Un grave error que se viene cometiendo es considerar que este saldo es a favor de la Junta Departamental y ponerlo como un aspecto positivo en la gesti\u00f3n presupuestal. Es todo lo contrario.<\/p>\n<div id='gallery-1' class='gallery galleryid-70 gallery-columns-3 gallery-size-thumbnail'><figure class='gallery-item'>\n\t\t\t<div class='gallery-icon landscape'>\n\t\t\t\t<a href='https:\/\/laverdadesrevolucion.uy\/blog\/rendicion-de-cuentas-y-balance-de-ejecucion-presupuestal-de-la-junta-departamental-de-tacuarembo-correspondiente-al-ejercicio-2016\/jdt-presupuesto2016-porcentaje-ejecutado-grupo-0\/'><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"150\" height=\"150\" src=\"https:\/\/laverdadesrevolucion.uy\/blog\/wp-content\/uploads\/2018\/02\/JDT-Presupuesto2016-Porcentaje-ejecutado-Grupo-0-150x150.jpg\" class=\"attachment-thumbnail size-thumbnail\" alt=\"\" \/><\/a>\n\t\t\t<\/div><\/figure><figure class='gallery-item'>\n\t\t\t<div class='gallery-icon landscape'>\n\t\t\t\t<a href='https:\/\/laverdadesrevolucion.uy\/blog\/rendicion-de-cuentas-y-balance-de-ejecucion-presupuestal-de-la-junta-departamental-de-tacuarembo-correspondiente-al-ejercicio-2016\/jdt-presupuesto2016-porcentaje-ejecutado-grupo-1\/'><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"150\" height=\"150\" src=\"https:\/\/laverdadesrevolucion.uy\/blog\/wp-content\/uploads\/2018\/02\/JDT-Presupuesto2016-Porcentaje-ejecutado-Grupo-1-150x150.jpg\" class=\"attachment-thumbnail size-thumbnail\" alt=\"\" \/><\/a>\n\t\t\t<\/div><\/figure><figure class='gallery-item'>\n\t\t\t<div class='gallery-icon landscape'>\n\t\t\t\t<a href='https:\/\/laverdadesrevolucion.uy\/blog\/rendicion-de-cuentas-y-balance-de-ejecucion-presupuestal-de-la-junta-departamental-de-tacuarembo-correspondiente-al-ejercicio-2016\/jdt-presupuesto2016-porcentaje-ejecutado-grupo-2\/'><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"150\" height=\"150\" 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La Junta Departamental gasta en algunos rubros muy por encima de lo que tiene asignado. La bancada del Frente Amplio propuso en la rendici\u00f3n anterior y en esta, disposiciones que intentan hacer m\u00e1s transparente la gesti\u00f3n de la Junta. No se est\u00e1 en contra de las colaboraciones pero es necesaria una justificaci\u00f3n para realizarla y que ella tenga la legitimidad aprobada por el legislativo. Por tal motivo el anteproyecto en minor\u00eda presentaba el siguiente articulado:<\/p>\n<blockquote><p>\n\u201c1ro.- Desaprobar la Rendici\u00f3n de Cuentas del a\u00f1o 2016, de la Junta Departamental de Tacuaremb\u00f3.<br \/>\n2do.- Aceptar las recomendaciones del Tribunal de Cuentas de la Rep\u00fablica.<br \/>\n3ro.- Las \u00f3rdenes de compras, pagos y facturas realizadas por cuenta y orden de la Junta Departamental de Tacuaremb\u00f3, estar\u00e1n a la vista y a disposici\u00f3n de la Comisi\u00f3n de Finanzas y Presupuesto durante 10 d\u00edas h\u00e1biles despu\u00e9s del cierre del mes.<br \/>\n4to.- Los pagos que realice la Junta Departamental por concepto de combustible, pasajes u otros bienes o servicios, a personas que no sean ediles, deber\u00e1n estar plenamente justificados mediante documento o declaraci\u00f3n jurada que se anexar\u00e1 a la orden de compra y factura.<br \/>\n5to.- Las contrataciones de servicios de toda \u00edndole, celebradas por la Junta Departamental de Tacuaremb\u00f3, deben tener contrato escrito. Dicho contrato debe especificar vigencia del mismo, montos y obligaciones.<br \/>\n6to.- Aquellos contratos, productos o servicios cuyos montos impliquen un gasto anual superior al tope de compra directa, deber\u00e1 hacerse un llamado p\u00fablico de acuerdo con el art\u00edculo 33 y siguientes del TOCAF, en aplicaci\u00f3n de lo establecido en el art\u00edculo 149 del mismo texto.<br \/>\n7mo.- Comun\u00edquese en forma inmediata a todos sus efectos, al Tribunal de Cuentas de la Rep\u00fablica e Intendencia Departamental de Tacuaremb\u00f3.-\u201c<\/p><\/blockquote>\n<p>Finalmente, el articulado aprobado en mayor\u00eda, con votos del Partido Nacional y Partido Colorado fue el siguiente:<\/p>\n<blockquote><p>\n\u201c1ro.- Aprobar la Rendici\u00f3n de Cuentas del a\u00f1o 2016, de la Junta Departamental de Tacuaremb\u00f3.<br \/>\n2do.- Aceptar las recomendaciones del Tribunal de Cuentas de la Rep\u00fablica.<br \/>\n3ro.- Comun\u00edquese en forma inmediata a todos sus efectos, al Tribunal de Cuentas de la Rep\u00fablica e Intendencia Departamental de Tacuaremb\u00f3.-\u201c<\/p><\/blockquote>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El jueves de la semana pasada fue la \u00faltima sesi\u00f3n ordinaria de la Junta Departamental de Tacuaremb\u00f3. Entre otros temas del orden del d\u00eda estaba en discusi\u00f3n la Rendici\u00f3n de Cuentas 2016 de la propia Junta Departamental. Desde la comisi\u00f3n de Finanzas y Presupuestos llega al plenario con dos informes o anteproyectos de resoluci\u00f3n. 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